IPG 4. Conducta Antideportiva

4.1. Conducta antideportiva — Menor 4.5. Conducta antideportiva — Comportamiento Agresivo
4.2. Conducta antideportiva — Mayor 4.6. Conducta antideportiva — Robo de Material de Torneo
4.3. Conducta antideportiva — Determinar Incorrectamente un Ganador 4.7. Conducta antideportiva — Demorar la Partida
4.4. Conducta antideportiva — Soborno y Apuestas 4.8. Conducta antideportiva — Hacer Trampa

La conducta antideportiva es comportamiento disruptivo que puede afectar la seguridad, competitividad, diversión o integridad de un torneo de manera significativa.

La conducta antideportiva no es lo mismo que la falta de conducta deportiva. Hay mucho lugar para comportamiento “competitivo” que ciertamente no es “agradable” ni “deportivo” pero que aún así no califica como “antideportivo”.

El juez principal es la autoridad final sobre qué constituye conducta antideportiva.

Los jueces deberían informar al jugador cómo su conducta es disruptiva. Se espera que el jugador corrija esa situación y comportamiento inmediatamente. Sin embargo, aunque asegurarse de que el jugador entiende la severidad de sus acciones es importante, los jueces deben focalizarse primero en calmar la situación y luego en asignar infracciones y penalizaciones.